El Servicio de Rentas Internas (SRI) en Ecuador ha anunciado una ampliación excepcional de los plazos para la presentación de declaraciones y anexos tributarios, originalmente programados para el 12 de enero del 2026. Esta medida busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales sin incurrir en intereses o multas.
La prórroga se aplica tanto a los contribuyentes según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) como a los contribuyentes especiales. A continuación, se detallan las nuevas fechas límite:
Noveno dígito del RUC: 1 y 2
Contribuyentes especiales
El SRI tomó la decisión de ampliar los plazos luego de experimentar intermitencias tecnológicas en sus plataformas el 12 de enero del 2026. Estas dificultades fueron causadas por la alta demanda transaccional y el volumen de información procesada ese día.
Es fundamental tener en cuenta que la resolución emitida por el SRI no modifica las obligaciones tributarias en sí, sino únicamente las fechas límite para su presentación. Una vez vencidos los nuevos plazos, las declaraciones no presentadas estarán sujetas a los recargos establecidos por la normativa tributaria vigente.
La ampliación de plazos para la presentación de declaraciones y anexos tributarios por parte del SRI en Ecuador es una medida que busca facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en un contexto de intermitencias tecnológicas. Es importante que los contribuyentes se mantengan informados sobre estas modificaciones y cumplan con los nuevos plazos establecidos para evitar posibles sanciones.